Corficolombiana y Grupo Aval aclaran versiones sobre el acuerdo con EE. UU. – Empresas – Economía

Corficolombiana y Grupo Aval aclaran versiones sobre el acuerdo con EE. UU. – Empresas – Economía

Las compañías Corficolombiana y Grupo Aval enviaron una comunicación a medios del país para aclarar lo que consideran interpretaciones y comentarios equivocados sobre el acuerdo que firmaron recientemente con el Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ, por sus siglas en inglés) y la Comisión Nacional de Valores de ese mismo país (SEC, por sus siglas en inglés).

A continuación, EL TIEMPO reproduce todo el contenido de ese escrito, que está construido en formato de abecé, con respuestas y precisiones de las dos empresas a comentarios y preguntas que se derivan de las versiones que están circulando:

¿Bajo la ley americana, cuál es la naturaleza del acuerdo con el Departamento de Justicia?

Un “Acuerdo de Enjuiciamiento Diferido” (conocido como un DPA por sus siglas en inglés) es un tipo de acuerdo entre el Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) y una compañía, por medio el cual el DOJ presenta cargos penales contra la compañía, pero acepta suspender el proceso de esos cargos por un período de tiempo (generalmente tres años) siempre y cuando la entidad acepte cumplir ciertos requisitos o condiciones. Si la compañía cumple esas condiciones, el DOJ desestimará los cargos. La celebración de un DPA termina la investigación del DOJ con respecto a esa compañía en particular. En este caso, en tres años, el DOJ desestimará el cargo en contra de Corficolombiana (CFC) siempre y cuando CFC cumpla con las obligaciones del DPA durante ese periodo. Dichas obligaciones incluyen el pago de una multa pecuniaria por parte de CFC (US$20.3 millones) y el cumplimiento de ciertos requisitos relacionados con reportes periódicos y de compliance, tal como aparecen descritos en el DPA, el cual está disponible públicamente.

¿Siendo un acuerdo de enjuiciamiento diferido, se puede afirmar que hoy no existe sentencia o sanción penal o criminal en firme contra Corficolombiana?

El DPA no es una condena penal. En tres años el cargo en contra de Corficolombiana será completamente desestimado por el DOJ si Corficolombiana cumple con las obligaciones del DPA durante ese periodo. Bajo la ley americana, Grupo Aval y Corficolombiana no han sido condenados de ningún crimen, ni por el DOJ y ni por la SEC.

¿Bajo ley americana, cuál es la naturaleza del acuerdo con la Comisión Nacional de Valores?

Una Orden de Cease and Desist (acuerdo firmado con la SEC) es un tipo de acuerdo celebrado entre la Comisión Nacional de Valores de Estados Unidos (conocida como la SEC por sus siglas en inglés) y una compañía, para concluir una investigación de la SEC. Es una orden civil-administrativa impuesta por la SEC, y no es un documento presentado ante una corte. La Orden instruye a la compañía que “cese y desista” (en otras palabras, se abstenga) de cometer o causar cualquier violación mencionada en la Orden o de cometer cualquier violación futura al FCPA (Foreign Corrupt Practices Act).

En la Orden de Cease and Desist de este caso no hay ninguna acusación de que Grupo Aval o CFC estén actualmente violando el FCPA. Tal como lo indica la Orden, la conducta cometida por el ejecutivo de CFC terminó en 2016. Bajo la ley americana, Grupo Aval y CFC no han sido condenados de ningún crimen, ni por el DOJ y ni por la SEC.

Comisión de Valores y Cambios, en Washington.

Comisión de Valores y Cambios, en Washington.

¿El pago efectuado con ocasión del acuerdo con la SEC, en estricto sentido corresponde a una sanción, una multa o es una devolución de una utilidad indebida?

Como parte del acuerdo negociado con la SEC, Grupo Aval/Corficolombiana acordaron hacer una “devolución de beneficios obtenidos” (beneficios calculados de acuerdo con las normas americanas; la devolución es llamada disgorgement bajo la ley americana) sumando un total de $32.1 millones de dólares, más intereses de $8.1 millones de dólares.

¿Grupo Aval y Corficolombiana (CFC) admitieron en sus acuerdos con las autoridades americanas haber pagado sobornos a funcionarios del Gobierno colombiano?

Los acuerdos con el Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) y la SEC (Comisión Nacional de Valores, por sus siglas en inglés) no contienen ninguna acusación de conocimiento o intención corrupta contra ningún funcionario, director o accionista de Grupo Aval, ni contra ningún funcionario, director o accionista de Corficolombiana (CFC), salvo contra el ejecutivo antiguo de Corficolombiana.

Ni la SEC ni el DOJ han acusado a Grupo Aval de haber participado en hechos de corrupción. El único reclamo que la SEC hizo contra Grupo Aval es que, como resultado de la conducta del antiguo ejecutivo de CFC, Corficolombiana hizo que Grupo Aval infringiera las disposiciones de libros, registros y controles contables internos de la FCPA (Foreign Corrupt Practices Act).

Los señalamientos contra Corficolombiana consisten en que el antiguo ejecutivo de CFC estuvo de acuerdo con el esquema de corrupción liderado por Odebrecht a través de la Concesionaria Ruta del Sol (CRDS) y el Consorcio Ruta del Sol (Consol) con relación a la adición de Ocaña-Gamarra. Los hechos mencionados en los documentos resolutivos incluyen información entregada por terceros a las autoridades americanas en el transcurso de su investigación acerca de la conducta del antiguo ejecutivo de Corficolombiana; tales hechos fueron descritos a Corficolombiana por el DOJ y la SEC.

Según la legislación americana, los empleados de las corporaciones son considerados sus agentes (según la teoría de la agencia) y las empresas pueden ser civil, administrativa o penalmente responsables por las acciones de sus agentes, incluidos sus empleados. El antiguo empleado de CFC es considerado por la legislación americana como un «agente» de CFC y, por este motivo CFC asumió responsabilidad ante el DOJ y la SEC por las acciones de este exempleado.

No hubo un juicio. Los acuerdos entre Corficolombiana y Grupo Aval y las autoridades americanas fueron el resultado de una investigación de 5 años.

¿Desde Corficolombiana y/o Fiducorficolombiana se efectuaron pagos de sobornos a funcionarios públicos y/a campañas presidenciales?

Basta con leer las resoluciones públicamente disponibles para confirmar que los contratos ficticios utilizados para el pago de sobornos a funcionarios públicos fueron pagados exclusivamente por CRDS o Consol, vehículos controlados por Odebrecht, socio mayoritario con una participación del 62%.

¿Grupo Aval y Corficolombiana admitieron ante el DOJ y la SEC la culpabilidad de José Elías Melo?

Ese tipo de admisiones sólo las puede hacer la persona acusada. Nadie puede admitir o confesar un hecho por cuenta de un tercero. Es una norma elemental y universal del debido proceso en cualquier país. El antiguo empleado de CFC es considerado por la legislación americana como un «agente» de CFC y, por este motivo CFC asumió responsabilidad ante el DOJ y la SEC de los señalamientos contra este exempleado. No obstante, es muy importante enfatizar que sólo él (el antiguo funcionario) podría admitir responsabilidad en su propio nombre.

Departamento de Justicia

Departamento de Justicia de Estados Unidos

¿Grupo Aval/Los Sarmiento acordaron pagar una millonada a la SEC y al DOJ a cambio de que los sacaran del lío?

GrupoAval/Los Sarmiento jamás han pagado para que los saquen de investigaciones en Colombia o en el exterior. Grupo Aval y CFC se sometieron a una exhaustiva investigación de 5 años por parte de las agencias americanas; a partir de éstas se firmaron resoluciones con el DOJ y la SEC, las cuales no contienen ninguna acusación de conocimiento o intención corrupta contra ningún funcionario, director o accionista de Grupo Aval, ni ningún funcionario, director o accionista de CFC, salvo contra el antiguo ejecutivo de CFC. Corficolombiana asumió responsabilidad por las acciones del antiguo ejecutivo de Corficolombiana.

En Estados Unidos sí colaboraron y confesaron, pero acá no colaboraron y negaron todo…

Desde el primer día (Ene/17) Grupo Aval y Corficolombiana han prestado toda su colaboración a las autoridades en Colombia, atendido todas las solicitudes documentales, declarado cuando ha sido necesario y presentado ante la Fiscalía varias denuncias en averiguación en relación con los hechos que se vinieron a conocer desde Dic/2016. Salvo por José Elías Melo, ningún funcionario, director o accionista de Grupo Aval, ni funcionario alguno, director o accionista de CFC fue acusado, como resultado de las investigaciones adelantadas por la Fiscalía, de participación en el esquema de corrupción liderado por Odebrecht. Esa postura es consistente con la conclusión de las investigaciones del DOJ y la SEC. Las resoluciones del DOJ y la SEC no contienen ninguna acusación de conocimiento o intención corrupta contra ningún funcionario, director o accionista de Grupo Aval, ni ningún funcionario, director o accionista de CFC, salvo contra el antiguo ejecutivo de CFC.

Ojalá la Fiscalía ahora sí investigue y mande a la cárcel a la gente relacionada con los sobornos que se mencionan en las resoluciones del DOJ y la SEC…

En las resoluciones del DOJ y la SEC no se mencionan los nombres específicos de los distintos contratos a través de los cuales Odebrecht pagó sobornos desde CRDS y Consol. Sin embargo, estos casos son de conocimiento de la Fiscalía General. Hasta donde sabemos, todas las investigaciones de Grupo Aval y CFC relacionadas con este caso han sido cerradas.

¿José Elías Melo dice que los Sarmiento y la Junta participaron/aprobaron los términos de la propuesta?

Nótese que, en ningún momento en su entrevista con Cambio, José Elías Melo está diciendo que los doctores Sarmiento o Junta alguna hubiera conocido o aprobado un soborno. Lo que dice, y es cierto, es que los términos de la propuesta licitatoria fueron conocidos por los doctores Sarmiento y aprobados por los órganos correspondientes. Esta afirmación ha sido tergiversada como una “nueva confesión de José Elías Melo”.

*Corficolombiana y Grupo Aval pertenecen a la sociedad empresarial de la cual hace parte EL TIEMPO.

By Selesio Gurule Castro

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