Este martes, la empresa saudí STC Group anunciaba la compra del 9,9% del gigante de las telecomunicaciones en España, Telefónica. Así, la compañía adquiría casi un 10% -lo que convertiría a STC en el principal accionista de Telefónica-, haciendo saltar las alarmas del Ejecutivo. En concreto, la compra fue a través de dos métodos: por una parte, mediante la adquisición de acciones representativas del 4,9% del capital social y por otra la de instrumentos financieros sobre otro 5% del capital social de Telefónica.
En un principio parecía que al no alcanzar el 10% de participación, no iba a saltar el escudo ‘antiopas’ del Gobierno; pero, como ya informó este miércoles ABC, al tratarse de una empresa directamente relacionada con la seguridad nacional, por ser proveedor de servicios de telecomunicaciones del Ministerio de Defensa, existe una oportunidad para bloquear la operación.
Pero, ¿cómo funciona el escudo ‘antiopas’? En este caso, al involucrar a Defensa, lo que puede vetar el Gobierno es el ejercicio de los derechos políticos de los saudíes en Telefónica. Lo que significa que, aunque la empresa pueda tomar el 9,9% de la empresa con total libertad, si quisiera tener presencia en el Consejo de Administración e influir en la política de Telefónica, necesitaría autorización del Ejecutivo.
La última actualización de esta medida tuvo lugar poco antes de las Elecciones Generales, cuando se aprobó por decreto en el Consejo de Ministros. Con ello, el Gobierno pretendía reforzar y aclarar el control previo sobre las inversiones extranjeras en empresas estratégicas en España.
Nacida en la pandemia
El conocido como escudo ‘antiopas’ se puso en marcha en marzo de 2020, para evitar la compra de empresas que habían sido perjudicadas por la pandemia, y que por tanto su valor en Bolsa había disminuido.
En concreto, la norma determina que una compañía o inversor extranjero necesitará autorización del Gobierno cuando quiera comprar el 10% o más del capital social de una empresa española que forme parte de un sector estratégico.
¿A qué sectores afecta?
Los sectores son, entre otros: energía, agua, telecomunicaciones, finanzas, sanidad, transporte, seguridad alimentaria y todos aquellos que implican tecnologías críticas como la inteligencia artificial, la ciberseguridad, o la defensa.
Existen algunas excepciones a la norma. En el caso de tratarse del sector de defensa, la autorización no será necesaria si el nuevo inversor decide no formar parte del Consejo de Administración, o si se compromete a no utilizar sus derechos de voto.
El caso de Telefónica, ¿cómo actuaría el Gobierno?
En este caso, eso se traduce en que para poder convertir los instrumentos financieros adquiridos en derechos de voto, STC debe obtener previamente una autorización del Gobierno. No obstante, fuentes cercanas a la compañía saudí han señalado a EP que la empresa considera «prematuro» solicitar por el momento un asiento en el consejo de administración de Telefónica en este punto de la operación, aunque no han descartado que esa posibilidad se concrete en el futuro.
En caso de que STC quisiese ejercer su derecho a voto, tendría que presentar la solicitud y el Ejecutivo tiene un plazo para resolver la solicitud de tres meses. No obstante, tras 24 horas del comunicado, no se confirma que la empresa saudí haya presentado la solicitud pertinente, que activaría la cuenta atrás para la resolución del Gobierno.