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Casi 300.000 autónomos recibieron 500 millones en ayudas durante la pandemia que deberían ser transferidos

Casi 300.000 autónomos recibieron 500 millones en ayudas durante la pandemia que deberían ser transferidos


El Tribunal de Cuentas detectó que un total de 281.000 autónomos recibieron 505,5 millones de euros ayuda por cese de actividad durante la pandemia sin cumplir las condiciones requeridas legalmente requerido o sin que su actividad económica quede suspendida debido a la emergencia sanitaria. Con este panorama, la institución se dispone a iniciar el procedimiento de revisión y, cuando corresponda, se procede a restablecimiento de beneficios indebitamente percibidas.

Esta es una de las principales conclusiones de la información fiscal sobre la gestión y control del beneficio extraordinario por cese de actividad trabajadores autónomos afectados por la declaración del Estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria provocada por el Covid-19.

La institución tributaria fue detectada en su investigación sobre los requisitos legales que exigen los trabajadores por cuenta propia. Este alto nivel de la Seguridad Social o corredor del país tiene algunos de los requisitos que, al menos, no acumulan 125.000 autónomos y que recibirán 119,5 millones de euros.

Hasta la fecha, 156.000 cuentapropistas han recibido $386 millones por estas actividades que, sin embargo, no se encuentran suspendidas por la pandemia en el listado de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

Con todo, el Tribunal de Cuentas confirma que las incidencias y las incidencias vinculadas al procedimiento de gestión y control de las exenciones de cuentas afectando a 69.269 beneficiarios para una importación total de 41,6 millones de euros.

Medida efectiva, pero con deficiencias

En su información, el Tribunal de Cuentas indica que la prestación de estas actividades, que se aplica a una prestación como la exención de cotizaciones sociales, es «eficaz» para mantener al empresario de los trabajadores autónomos, lo que supondrá el fin para el -este. fue concebida.

Pero también se anunció que la gestión de las ayudas fue «ineficaz» en relación a los numerosos «incidentes e incidentes» detectados. Además, la apostilla del cuerpo que la regulación del servicio fue “insuficiente” en su origen y será necesario realizar modificaciones entre 2020 y 2023. Esto, según la Corte, ha provocado “inseguridad jurídica, falta de trato entre beneficiarios, y ha favorecido disfunciones e ineficiencias quirúrgicas en la gestión”.

La organización señala que la misión extraordinaria benefició en junio de 2020 a 1,5 millones de trabajadores autónomos, o el 44% de los afiliados. El servicio de medios disponible durante el período de mantenimiento se encuentra en 2.513€la promoción del beneficiario de la importación exenta del concepto de cotizaciones sociales ascendió a 1.007 euros.

El importe no reconocido se elevó, al menos, a 3.741 millones de euros derivados del pago de esta deuda, lo que supone 1.495 millones de euros como consecuencia de las exenciones de aportaciones.

El cumplimiento de los requisitos se retrasa

La información muestra que el 94% de las solicitudes de prestaciones serán tramitadas por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social fueron Resultados favorables en 2020 de forma provisional.verificando la cumplimentación de todos los elementos necesarios para finalizar el estado de alarma.

Sin embargo, esta revisión se prolongará probablemente hasta 2023 con el riesgo, incluso, de que pueda verse afectado por el lugar de prescripción de cuatro años establecido para las prestaciones indefectiblemente autorizadas en el marco de la seguridad social. “Lo que podría, en última instancia, causar daños económicos a la seguridad social», añadió el Tribunal.

Debido al procedimiento de gestión y control de las exenciones arancelarias, la institución señaló que existen “lagunas e ineficiencias” en las diferentes fuentes de información del sistema de seguridad social.

En este panorama, la Corte recomienda iniciar el procedimiento de revisión de las resoluciones provisionales adoptadas y que, en su caso, se proceda a la revisión de las resoluciones provisionales adoptadas. restablecimiento de beneficios indefinidamente. La institución está en su lugar, es cierto, que estas revisiones se iniciaron para recibir alegaciones sobre el anteproyecto de información.

Por Selesio Gurule Castro

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