El Gobierno exigirá asegurar el patinete para poder ser circular. Una nueva obligación que se incluye en el proyecto de ley para quienes transpongan la directiva relativa a la seguridad de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor. Pero además, el primero de estos valores no es tan alto como el coche particular que tiene la sensación de oscilar entre 20 y 100 euros al año.
En la norma se introduce el concepto de vehículo personal ligero, según el cual los vehículos a motor pueden alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg o una velocidad máxima de entre 6 y 14 km/h. h si su peso es superior a 25 kg”. Es por ello que los patinetes eléctricos y otros vehículos motorizados de movilidad personal deben estar cubiertos por la “garantía obligatoria de responsabilidad civil”. “Aquí, el impulso al transporte urbano debe ser compatible con la protección de las víctimas de los accidentes provocados por estos nuevos vehículos”, añade el Ministerio de Economía.
Con todo ello, la obligación de garantía no entrará en vigor inmediatamente una vez aplicada la ley. “A los efectos de establecer las características y origen de esta modificación, el Comisión de seguimiento del sistema de valoración Se responderá 6 meses después de la publicación de la ley para emitir una propuesta de normas de seguridad de obligado cumplimiento para estos vehículos personales ligeros. Entre este proceso regulatorio, discutiremos, entre otras cosas, la creación de una especie de número de registro para los patinadores, con el fin de poder identificarse y poder suscribirse a la policía de seguridad. Asimismo, el Gobierno anunció que reflexionaría sobre “un registro público de vehículos personales antes del 2 de enero de 2026”.
Sin duda es este tipo de seguridad el que puedes encontrar en las empresas del sector, que se están poniendo de moda en los últimos años con pólizas para patinetes y vehículos de movilidad personal en general. Es habitual que las aseguradoras ofrezcan diferentes tipos de pólizas, desde las más grandes básicas que cubren responsabilidad civil hasta otras más premium que cubren bienes jurídicos, reparaciones, etc.
Lo primero que sucede con estas pólizas, en cualquier caso, es muy inferior a los turismos, por diversos motivos. El riesgo que se asegura en los automóviles, por ejemplo, y la capacidad de generar lesiones y lesiones, es mucho mayor, porque el precio de la seguridad también es mayor. En el caso de los scooters, el riesgo es mucho menor porque los daños que teóricamente se producen en un tercer accidente con este vehículo son mucho menores que con el coche.
Prácticamente todos los seguros están disponibles con pólizas de patinaje en la actualidad, según la norma.
Según las pólizas consultadas periódicamente, el precio para asegurar el patinete, hoy en día, está entre 20 y 100 euros anuales, dependiendo de las coberturas requeridas. Para las coberturas más básicas el precio oscila entre 20 y 40 euros al año, aunque a partir de estas cantidades las coberturas son mayores.
Axa, Línea Directa, Mutua Madrileña, Mapfre, Zurich, Caser…prácticamente todas las pólizas de seguro principales disponibles en su póliza de scooter. En todos los casos asumen al menos la responsabilidad civil en caso de accidente. Sin embargo, su responsabilidad civil no está cubierta por igual en todos los productos. Hay pólizas que ofrecen una cobertura de hasta 150.000 euros, otras de 300.000 euros, otras pagarán más hasta 600.000 euros…
Esta será una póliza básica, a partir de ahí las coberturas serán adicionales, siempre que el gobierno defina legalmente lo necesario. Las coberturas de los seguros incluyen, por ejemplo, gases medicinales, defensa jurídica, invalidez o caída, asistencia, daños al vehículo personal…
Lo que suelen también debe asegurarles en muchos casos, directamente, personalizar el precio a cada persona en función de su formación, condiciones personales, tiempo que se pretende asegurar, mirar cobertura por cobertura…
Sobre todo, en la norma del Gobierno se hace referencia a los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal; esto es lo que asegura el mismo vehículo y la persona. En todo caso, los vehículos de motor; Según la norma, además, quedan expresamente excluidas las bicicletas tradicionales, ya que no requerirán contrato de seguridad para las circulares con ésta.