La Audiencia Nacional confirma una cantidad de 90.000 euros a Vueling por no tener acceso a la web

La Audiencia Nacional confirma una cantidad de 90.000 euros a Vueling por no tener acceso a la web

La Sala de lo Contenciososo-Administrativo de la Audiencia Nacional (AN) confirmó la cantidad de 90.000 euros y la prohibición de participar en los procedimientos de concesión de ayudas oficiales para sus cargos a Vueling Airlines por parte de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales Debido al incluido en Condiciones de accesibilidad de tu página web para personas con discapacidad. En sentencia, los magistrados de la Sección de Octava resuelven el recurso del avión contra la Resolución de octubre de 2020 atribuida a la comisión de una infracción grave en virtud del artículo 95.3.e) del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, texto devuelto por la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. La aerolínea, en su recurso, afirma que no incurrió en ninguna conducta sujeta a la norma supuestamente infringida, al tiempo que tiene una interpretación «extensiva e irracional», y que su actuación no puede considerarse contraria a sus obligaciones de accesibilidad. . Argumentaba, además, que la información del Centro Nacional de Tecnologías de Accesibilidad (Centac) ha arrojado aspectos positivos de su web, que le ha acreditado buena fe y que tiene claramente la intención de adaptar su página online y que la sanción accesoria que lo impide unirse a la ayuda oficial resulta de la forma más perjudicial posible. En su sentencia, la Audiencia desea todas las alegaciones de la empresa e informa que la infracción está correctamente denunciada en un estándar de ámbito de aplicación de la ley, concretando los «estándares de accesibilidad» en otra ley, y el real decreto que lo prevé, por No es posible comprender el principio de legalidad vulnerable. Cabe señalar que el requisito normativo ha sido acreditado por Centac Web Information y afirma: «Si examinamos los datos que aparecen a continuación, nos encontramos con los 38 requisitos que precisamente se cumplen según esta norma, se cumplen. en total 4, o el 10,53%. Nos quedamos con 26 requeridos, o 68,42%, no acumulados. Además, se requieren 8, el 21,05%, no proceden cables”. Debido a la prohibición de recibir ayuda oficial por un período de sus meses, el Tribunal indica que los accesorios de sanción están legalmente impedidos por faltas graves, «para quienes apreciaron la cosa que se debe imponer, y ello con independencia de trascendencia económica». que la cosa se suponga para el infractor, al no establecerse excepción legal alguna al respecto”. Finalmente, la Sala se pronuncia sobre la proporcionalidad de la sanción y explica que la resolución contiene una motivación expresada por los criterios adoptados para su certificación, teniendo en cuenta el alto grado de incompletitud de los requisitos de accesibilidad, que se mantiene prácticamente igual que en 2016. –cuando fue inspeccionado y sancionado– sopesó que por tanto Vueling alegó buena fe y su disposición a cumplir la normativa. Con todo ello, los jugadores consideran que la administración ha valorado que, al ponderar el tiempo transcurrido desde la evaluación previa de la web y la sanción impuesta, los avances han sido mínimos, continuando la infracción con permanencia en el tiempo, sin que ello adoptara una medida para corregir las deficiencias. Asimismo, además, consideró el número de potenciales clientes en situación de incapacidad que podrían verse afectados, lo que motiva que se imponga la sanción en su grado máximo. “En definitiva, he motivado las razones para imponerme al máximo, teniendo en cuenta la permanencia de la infracción y los sujetos afectados, no se puede apreciar la falta de proporcionalidad de la multiinvolucración ni de la aplicación de la sanción” , concluye.

By Selesio Gurule Castro

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